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Documento BOE-B-2013-13915

SEGOVIA

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 13 de abril de 2013, páginas 18563 a 18563 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-13915

TEXTO

Don Luis García Aguado, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia del número dos de esta ciudad de Segovia y su partido y de lo Mercantil,

Anuncia: Que en el concurso de acreedores 475/07, referente al concursado Castileon 2000, S.L., por auto de fecha 21 de marzo de 2013 se ha acordado lo siguiente:

Primero.- Declarar el cierra de la fase común y abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

Segundo.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el Título III de la Ley.

Tercero.- La disolución de la concursada Castileon 2000, S.L., y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

Cuarto.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial, en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto.- Inscribir en los registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Segovia.

Sexto.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Séptimo.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Octavo.- Formar la sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso artículo 163.1.2.º de la Ley Concursal. Póngase en conocimiento en el edicto que se publique, que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Segovia, 21 de marzo de 2013.- El Secretario.

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