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Documento BOE-B-2013-8320

Anuncio del Fondo Español de Garantía Agraria por el que se notifica el requerimiento de pago de la deuda determinada por resolución del procedimiento administrativo n.º 5380/06, a don José Irles Bru.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2013, páginas 11067 a 11067 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2013-8320

TEXTO

Ante la imposibilidad de hacer efectiva la notificación de la Resolución adoptada por el FEGA en el expediente n.º 5380/06, constatando en el expediente el intento de notificación directa al interesado, y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Subdirectora General Económico Financiera, en virtud de lo dispuesto en la letra c) del artículo 4.3 del Estatuto del FEGA, aprobado por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre, hace saber:

Mediante Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria de fecha 14/12/10 recaída en el expediente n.º 5380/06, se establece la obligación por parte de don José Irles Bru, con N.I.F. 21847109F, de satisfacer a este Organismo el importe de 4.272.874,61 euros, como responsable subsidiario de la deuda correspondiente a la firma Agroespaña Sdad. Coop. 2.º Grado, recaída en el expediente n.º 1-1503/02.

De acuerdo con lo establecido en dicha Resolución deberán abonar el importe de 4.272.874,61 euros (cuatro millones doscientos setenta y dos mil ochocientos setenta y cuatro con sesenta y un euros) en el plazo previsto en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003 General Tributaria de 17 de diciembre. Si este acuerdo se notifica a los interesados en la primera quincena del mes, el plazo de ingreso, sin recargo ni interés alguno, finalizará el día 20 del mes siguiente. Si la notificación tiene lugar en la segunda quincena (16 al último día de cada mes) el plazo de pago, sin recargo ni intereses, finalizará el día 5 del segundo mes posterior. Si transcurrido el plazo citado no se tuviera constancia de la realización del reintegro se procederá, sin más comunicación, a su cobro por la vía de apremio, con el consiguiente recargo legalmente establecido.

El importe indicado se ingresará mediante transferencia bancaria a la entidad, sucursal y c/c que se detallan a continuación: Entidad 9000 Banco de España, Sucursal: 0001 Madrid, c/c 20-0200009025 "FEGA-FEAGA. ORGANISMO PAGADOR". Si transcurrido el plazo citado no se tuviera constancia de la realización del reintegro se procederá, sin más comunicación, a su cobro por la vía de apremio, con el consiguiente recargo legalmente establecido.

Lo que se hace público en sustitución de la notificación directa al interesado, que podrá dirigirse a las oficinas del FEGA en Madrid, calle José Abascal, n.º 4-7.ª planta, para conocer todas las actuaciones que han motivado el presente acto.

Madrid, 26 de febrero de 2013.- La Subdirectora General Económico Financiera. Fdo.: Doña Rosa María Gómez Movellán.

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