Está Vd. en

Documento BOE-B-2014-22096

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 20 de junio de 2014, páginas 29542 a 29542 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-22096

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número tres de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000716/2012, habiéndose dictado en fecha 2-4-14 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número tres de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Parte dispositiva

Se decreta la conclusión del concurso concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000716/2012, promovido por la Procurador señora Navarro Ballester, M.ª del Carmen, en nombre y representación de la mercantil Main Management Integral Doors, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal don José Miguel Igualada Belchi, con NIF n.º: 34.819581-L, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Main Management Integral Doors, S.L., con CIF: B-97618128, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 4-1-14."

Valencia, 2 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid