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Documento BOE-B-2014-25515

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 16 de julio de 2014, páginas 34266 a 34266 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-25515

TEXTO

Edicto

Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 578/2012, en el que se ha dictado con fecha 11 de junio de 2014 auto dde apertura de la fase de liquidación por no poder cumplir el convenio de la entidad AGREF, S.A., con CIF A-08736787 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2012 - 8003922.

Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso

Concursada: AGREF, S.A., con domicilio en Carretera Nacional n.º 154, km 24,200, de Lliça de Vall (Barcelona).

Administrador concursal: D Carlos Rodríguez Conde, con domicilio en Pl. Tetuán, n.º 23, 4.º 2.ª, 08009 Barcelona, tel. 932451980 y fax 933462185 con correo electrónico secretaria@bufeterodriguezconde.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido ( 22-3-2013) deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos regístrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que. consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 25 de junio de 2014.- El Secretario Judicial. Fdo.: José María Valls Soriano.

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