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Documento BOE-B-2014-27531

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 30 de julio de 2014, páginas 36984 a 36984 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-27531

TEXTO

Edicto

En el procedimiento Concurso Ordinario 80/2012, Coélica Construcciones, S.L. CIF: B-35665207, y Construcciones y Reformas Faosur, S.L. CIF: B-35458454, seguido en el Juzgado Mercantil número 1, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Auto:

En Las Palmas de Gran Canaria a 11 de julio de 2014.

Dispongo:

Haber lugar a la aprobación del plan de liquidación presentado por la Administración Concursal en sus propios términos, con la matización expuesta en el fundamento primero de esta resolución. En todo lo no previsto se estará a las normas supletorias del artículo 149 y siguientes de la Ley Concursal.

Acuerdo la formación de la sección sexta del presente concurso. Dicha sección se encabezará con testimonio de la presente resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración de concurso y el informe de la Administración concursal.

Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de la sección sexta, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación, que no suspenderá el curso de la ejecución, ante la Audiencia Provincial de Las Palmas mediante escrito que se presentará en este Juzgado dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación (art. 458.1 LEC).

Así lo pronuncia, manda y firma don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas. Doy fe.

Y para darle a dicha resolución la publicidad necesaria se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 15 de julio de 2014.- Secretaria Judicial.

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