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Documento BOE-B-2014-33358

Resolución de 15 de septiembre de 2014, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se somete a información pública la propuesta de extensión de norma y de aportación económica obligatoria, formulada por la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA, durante las campañas 2014/2015, 2015/2016 y 2016/2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 233, de 25 de septiembre de 2014, páginas 45197 a 45201 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2014-33358

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 8.7 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y en el artículo 13 de su Reglamento, aprobado por Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo, se somete a información pública el acuerdo adoptado por la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA, en la reunión de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 26 de junio de 2014, que figura en el Anexo I.

El expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica presentado por la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA, así como la legislación aplicable, puede ser examinado en las dependencias relacionadas en el Anexo II. Las alegaciones que se estimen oportunas, podrán formularse en el plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial del Estado".

Anexo I

Acuerdo relativo a la solicitud de extensión de norma y de la aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción del consumo, impulsar la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica, promover la calidad de los productos y mejorar la información y el conocimiento sobre las producciones y los mercados de la carne de caza, durante las campañas 2014/2015, 2015/2016 y 2016/2017.

En la reunión de la Asamblea General Ordinaria de la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA, válidamente convocada y constituida según establece en su normativa estatutaria, el día 26 de junio de 2014, se tomó por unanimidad el acuerdo siguiente:

Objetivos de la extensión de normas:

Se acuerda solicitar la extensión de normas para el desarrollo de estos cuatro puntos:

1. La calidad de los productos de la carne de caza.

2. Acciones tendentes a promover la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica en el sector de la carne de caza.

3. Acciones promocionales que redunden en beneficio del sector.

4. La mejor información y conocimiento sobre las producciones y los mercados del sector de la carne de caza.

Propuesta de actuación económica para la extensión de normas:

Las aportaciones económicas recaudadas por medio de esta extensión de normas se utilizarán únicamente para financiar los gastos generados en la gestión y seguimiento del sistema de recaudación y en la ejecución de los fines citados más arriba.

1.- Obligaciones de los agentes

Se acuerdan las siguientes obligaciones por parte de los diversos agentes del sector:

- Por parte de la producción aportar las cuantías indicadas a continuación, por temporada y por especie, que se destinen a la comercialización. Por parte de la comercialización aportar las mismas cuantías que la producción que entren en cada sala de despiece.

- Importe de las aportaciones económicas obligatorias de productores y comercializadores:

PRODUCTORES - COMERCIALIZADORES

ESPECIE CAZA MAYOR (euros por canal)

primera temporada

segunda temporada

tercera temporada

ciervo

0,52

0,58

0,63

jabalí

0,21

0,24

0,26

gamo

0,26

0,29

0,31

muflón

0,05

0,055

0,06

ESPIECE CAZA MENOR

(euros por pieza)

primera temporada

segunda temporada

tercera temporada

perdiz

0,006

0,007

0,008

conejo

0,006

0,007

0,008

liebre

0,019

0,021

0,023

- Las salas de despiece que sean comercializadores finales contribuirán a la implantación y gestión de la extensión de normas, encargándose de la recaudación de la parte aportada por la producción, anotación en factura, además de la información e ingresos tanto de sus cantidades como de las cantidades aportadas por la parte productora a ASICCAZA; así como, aportar información u otras funciones que les sean asignadas con el objetivo del buen funcionamiento del sistema de recaudación de la extensión de normas.

2.- Sistema de recaudación

Por lo que respecta al control y seguimiento del acuerdo de extensión de normas se establece el siguiente sistema de recaudación:

2.1- Aportaciones de los productores de carne de caza

La sala de despiece recaudará la aportación correspondiente al productor emitiendo factura a éste con las cuantías indicadas en el cuadro anterior, por canal de caza mayor o especie de caza menor:

La sala de despiece está obligada a informar al productor a través de la factura de la cantidad correspondiente a la extensión de normas con el siguiente texto justificativo:

"Retención para la extensión de normas de ASICCAZA aprobada por Orden AAA___/2014 y publicada en el BOE nº_______ de fecha________ o en su versión abreviada "Orden AAA/___/2014 sobre extensión de normas del sector de la carne de caza".

La sala de despiece deberá realizar la transferencia del dinero entregado por los productores a la cuenta de ASICCAZA, habilitada única y exclusivamente para este fin.

Los diferentes comercializadores podrán repercutir a su suministrador la aportación de la parte de la producción siempre y cuando quede constancia en la factura correspondiente a la transacción con el texto justificativo: "Retención para la extensión de normas de ASICCAZA aprobada por Orden AAA/___/2014 y publicada en el BOE nº ____de fecha _____" o en su versión abreviada "Orden AAA/___/2014 sobre extensión de normas del sector de la carne de caza".

2.2.- Aportaciones de los comercializadores de carne de caza.

Las salas de despiece que sean comercializadores finales tendrán la obligación de hacer su aportación correspondiente a la parte de la comercialización realizando la trasferencia del dinero a la cuenta de ASICCAZA, habilitada única y exclusivamente para este fin. Las cuantías serán las indicadas en el apartado 1 anterior por canal de caza mayor o especie de caza menor:

El comercializador final podrá repercutir el 50 por ciento de la cuantía de la parte comercializadora al comercializador intermediario siempre y cuando quede constancia en la factura correspondiente a la transacción con el texto justificativo:

"Retención para la extensión de normas de ASICCAZA aprobada por Orden AAA/___/2014 y publicada en el BOE nº ___de fecha ____" o en su versión abreviada "Orden AAA/___/2014 sobre extensión de normas del sector de la carne de caza".

Los comercializadores que recojan o reciban canales de Portugal sólo tendrán que aportar la cuantía correspondiente a la parte comercializadora.

3.- Mensualmente, antes del día 20, las salas de despiece remitirán al personal responsable de la gestión de la extensión de normas las cantidades recaudadas a los productores así como la correspondiente a su parte como comercializadores durante el mes anterior.

La información enviada debe contener al menos los siguientes datos:

- Para la aportación de la producción: fecha de la cacería, número y denominación del coto de caza, NIF del productor, número de cada especie cazada y cantidad retenida para la Extensión de normas.

- Para la aportación de la comercialización: fecha de entrada de los animales en la sala de despiece, NIF del comercializador, cantidad destinada a la Extensión de normas y número y especies de los animales destinados a comercialización.

Esta información se remitirá a ASICCAZA por medio de un archivo informático que la interprofesional aportará a las salas de despiece. Esta será confidencial y se aplicará la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, para su tratamiento.

Entre los días 20 y 30 de cada mes ASICCAZA enviará a cada sala de despiece una factura por las suma de las cantidades retenidas a productores y comercializadores durante el período correspondiente.

El ingreso del importe de la factura en la cuenta de ASICCAZA habilitada para tal fin, se efectuará a 15 días fecha factura, bien girando un recibo bancario desde la Organización Interprofesional, o bien mediante la orden de una trasferencia a favor de ASICCAZA, por parte de la sala de despiece.

Control y seguimiento:

Se creará la Comisión de Seguimiento de la Extensión de Norma, en adelante Comisión, como órgano responsable del control y seguimiento de la misma.

Ésta estará compuesta por un representante de cada organización integrante de ASICCAZA.

Debido a los datos sensibles que va a manejar la Comisión se regirá por el principio de confidencialidad de la información tratada durante las reuniones y de los documentos de trabajo.

La Comisión supervisará la información remitida por las salas de despiece a ASICCAZA y tomará las medidas oportunas en caso de detectar alguna anomalía. En caso de detectar fraude en el sistema se tomarán las acciones legales establecidas en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.

De los miembros de la Comisión se designará un responsable para el seguimiento de los ingresos procedentes de la extensión de normas, otro para el seguimiento del gasto en las actividades de la misma, y otro para el seguimiento de las posibles incidencias que puedan suceder en el proceso de recaudación.

Esta Comisión supervisará las actividades y las cuentas elaboradas por el personal responsable para el seguimiento de la extensión de normas.

Semestralmente la Comisión presentará el estado de cuentas a la Junta Directiva de ASICCAZA.

Anualmente, en la memoria de actividades de la Interprofesional se presentará un resumen de los ingresos y gastos generados en la cuenda habilitada para la extensión de normas.

La Comisión se reunirá con la frecuencia necesaria para que la extensión de normas del sector de la carne de caza se desarrolle con normalidad.

Las asociaciones de productores y comercializadores del sector de la carne de caza tendrán la obligación de colaborar en la puesta en marcha y desarrollo de esta extensión de normas entre sus asociados y facilitarán a la Asociación Interprofesional el apoyo necesario para informar sobre su implantación y desarrollo, así como para la resolución de posibles incidencias.

Anexo II

Relación de Dependencias administrativas en las que puede examinarse el expediente de solicitud de extensión de norma y aportación económica obligatoria presentado por la Asociación Interprofesional de la Carne de Caza Silvestre, ASICCAZA.

Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla - Plaza de España, Sector 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Zaragoza Plaza del Pilar, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Oviedo – Plaza España 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Palma de Mallorca – c/ Ciudad de Querétaro, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Las Palmas – c/ Explanada de Tomás Quevedo, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Santander – c/Calvo Sotelo, 25, 4º; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valladolid - c/Jesús Rivero Meneses, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Toledo – Plza. Zocodover, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real – Plaza de Cervantes, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona – c/Bergara, 12-2ª plta.; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz -Avda. Europa, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en La Coruña c/ San Andrés, 162-3ª plta.; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Melilla – Avda. Marina Española, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Murcia - Avda. Alfonso X El Sabio, 6; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Pamplona –Plaza de las Merindades, s/n; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Vitoria – c/ Olaguibel, 1; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Logroño c/ Muro de la Mata, 3; Área de Agricultura de la Subdelegación del Gobierno en Valencia - c/ Joaquín Ballester, 39 - 9ª, Subdirección General de Estructura de la Cadena Alimentaria - Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente - Pº Infanta Isabel, 1- Madrid.

Madrid, 15 de julio de 2014.- El Secretario General de Agricultura y Alimentación.

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