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Documento BOE-B-2014-34189

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 2 de octubre de 2014, páginas 46280 a 46281 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-34189

TEXTO

Edicto

EL Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 348/14-L, seguido ante este Juzgado a instancia de la Procuradora D.ª María Alonso Lois, en nombre y representación de Public Coruña, S.L., el día uno de septiembre de 2014 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

1.º Declaro el estado de concurso voluntario abreviado de la sociedad de capital "Public Coruña, S.L.", con domicilio social, sito en La Coruña, C/ Santa Catalina, n.º 16-18, 1.º E; e inscrita en el egistro Mercantil de A Coruña, al tomo 2.587 del Archivo, Sección General, Folio 141, hoja C-28.715; con CIF B-15832769.

2.º Declaro concluso el concurso por insuficiencia de masa activa y en consecuencia, procede acordar la extinción de la sociedad de capital instante "Public Coruña, S.L.", con la consiguiente cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil antedicho, al que se librará el oportuno mandamiento a tal efecto luego sea firme la presente resolución y qué contendrá testimonio de la presente resolución con declaración de firmeza la misma.

3.º Los deudores la sociedad de capital "Public Coruña, S. L.", quedan responsables del pago de sus créditos, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

4.º Publíquese la declaración de concurso en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal (si este estuviera en funcionamiento). A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado, así como los despachos oportunos para el cumplimiento de lo dispuesto por esta resolución.

Notifíquese esta resolución a la representación procesal de la sociedad instante del concurso y, en su caso, a los interesados que pudieran haberse personado.

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a Procuradora/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararán los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

La presente resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Jugado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, Sección 4, en el plazo de veinte días hábiles, previa constitución del depósito que resulte legalmente exigible. El plazo para interponer el recurso de apelación contará, respecto de las partes que hubieran comparecido, desde la notificación de esta resolución, y, respecto de los demás legitimados, desde la publicación del extracto de la declaración y conclusión de concurso en el BOE.

Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª Ilma. D. Roberto Niño Estébanez, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña. Doy fe.

La Coruña, 1 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.

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