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Documento BOE-B-2014-34687

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 6 de octubre de 2014, páginas 47023 a 47023 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-34687

TEXTO

EDICTO

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 340/2014, seguido a instancias del Procurador D. Vicente Gutiérrez Álamo, en nombre y representación de SUPERMERCADOS DE ALIMENTACIÓN CANARIAS S.L., se ha dictado Auto el día 12 de septiembre de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de SUPERMERCADOS DE ALIMENTACIÓN CANARIAS S.L. con CIF n.º B-76117050, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Don Juan Claudio Almeida Santana, como Abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de Calle Eusebio Navarro, n.º 62, 3.º derecha, C.P. 35003 Las Palmas de Gran Canaria, telf. 928385601, fax 928372560, correo electrónico jcalmeida@almeidaabogados.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, queda sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 23 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.

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