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Documento BOE-B-2014-34856

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 7 de octubre de 2014, páginas 47273 a 47273 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-34856

TEXTO

Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 723/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad GAMO INVESTMENT, S.A., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso voluntario 723/2014, Sección C5R.

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8006168.

Entidad concursada: GAMO INVESTMENT, S.A., con CIF n.º A-58778002.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del Auto de declaración: 5/9/14.

Administrador concursal: Don José Manuel Calavia Molinero, con domicilio en calle Diputació, número 260, de Barcelona, con correo electrónico administracion.concursal.gamo@mazars.es. Don Josep Pujolras Nonell, con domicilio Aribau, 198, de Barcelona, y número de teléfono 93 214 92 00.

Facultades del Concursado: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 L.C.: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 16 de septiembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

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