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Documento BOE-B-2014-34875

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 7 de octubre de 2014, páginas 47294 a 47294 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-34875

TEXTO

Edicto

Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid,

Anuncia:

1.º Que en el procedimiento concursal registrado como cna 540/14, con el número de identificación general NIG: 2807914116145/2014, por auto de 24/09/14 dictado por el Magistrado don Antonio Pedreira González. Se ha declarado en concurso al deudor TFT Fasteners Management 2000, S.L., con el número de C.I.F.: B-82658758, domicilio en la calle Maestro Arbos, n.º 9, C.P. 28045 Madrid.

2.º Que en el mismo auto de declaración de concurso se ha procedido a realizar de apertura de apertura de fase de liquidación, formándose la sección quinta.

3.º Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la concursada, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC.

4.º Se declara disuelta la concursada, con el cese de sus Administradores que serán sustituidos por la Administración concursal.

5.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC.

6.º La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal CONCILIA FORENSIC, SLP, con CIF: B-84506260, designando al Auditor don Ignacio García-Zozaya Mifsut, con DNI: 5242029-F, con domicilio profesional en calle Velázquez, n.º 9, 1.º dcha, 28001 Madrid, número de teléfono 915 75 00 08, y número de fax 915 75 14 47, con mail tft@fisa.es

No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el registro público concursal no está desarrollado reglamentariamente.

7.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 25 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.

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