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Documento BOE-B-2014-35821

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 14 de octubre de 2014, páginas 48706 a 48706 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-35821

TEXTO

Edicto dando publicidad a la publicidad a la declaración de concurso

Doña María Aranzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 709/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad TERPACK, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso voluntario 709/2014, Sección C1.

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8005780.

Entidad concursada: TERPACK, S.L., con CIF n.° B60180189.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del Auto de declaración: 5 de septiembre de 2014.

Administrador/es concursal/es: Don Miguel Ángel Albert Piazuelo, con domicilio profesional en calle Castillejos, 329, 1-1, 08025 Barcelona, número de teléfono 934 364 573/609 745 610, n.° de fax 934 334 624, con dirección electrónica rniquelangel-alpi@gabinetealpi.net

Facultades del concursado: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC. Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autorice al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 25 de septiembre de 2014.- La Secretaria judicial.

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