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Documento BOE-B-2014-36039

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 15 de octubre de 2014, páginas 48988 a 48988 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-36039

TEXTO

Edicto

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber:

Que en los autos con N.I.G.08019 - 47 - 1 - 2014 - 8004577 y nº 741/2014 G se ha declarado el concurso voluntario de fecha 22/09/2014 de Util-Plas S.A. con C.I.F. nº A08540395 y domicilio en C/Pintor Vila Cinca, nº 22, Polinyá (Barcelona), en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es D. Raimon-LLull Casanellas Bassols, con domicilio en C/ Vía Augusta, nº 29, 5º, 08009 (Barcelona), y correo electrónico creditors@insolnet.es.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C/ Vía Augusta, nº 29, 5º, 08009 (Barcelona), o remitirse a dicho domicilio.También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, caraterísticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del títtulo o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

En Barcelona, 29 de septiembre de 2014.- El Secretario Judicial.

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