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Documento BOE-B-2014-37779

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 28 de octubre de 2014, páginas 51268 a 51268 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-37779

TEXTO

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber:

Que por auto de fecha 29.9.14 en el procedimiento con número de autos 000156/2014 y N.I.G. 03065-66-2-2014-0000144, se ha declarado en Concurso Ordinario Necesario al deudor Urbanizaciones la Serrana, S.L., con domicilio en calle San Joaquín, 21, Cox-Alicante, y CIF nº B-53986600, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2916, folio 35 hoja A-91234, representada por el procurador D. José Francisco Alfonso Rosendo.

Facultades del concursado: Suspendido

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado Dª Mª ISABEL ROBLES LUCAS, colegiado del Ilustre Colegio de Economistas de Alicante con domicilio postal: Calle José Maria Buck,4 Entlo. Elche (Alicante), y dirección de correo electrónica: maribel@ascconsultores.com, para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 13 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.

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