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Documento BOE-B-2014-38410

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 1 de noviembre de 2014, páginas 52096 a 52096 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-38410

TEXTO

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000319/2014, seguido a instancias del Procurador don Gerardo Pérez Almeida, en nombre y representación de PÁJARA DUNAS, S.L., se ha dictado Auto el día 29 de septiembre de 2014, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de la mercantil PÁJARA DUNAS, S.L. con CIF n.º A35647338, el que se tramitará por el procedimiento ordinario.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Juan Carlos Santos Barja como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Sagasta, número 27, 3.º Izqda. A, Código Postal 28004 Madrid, teléfono 914480011 y fax 914469346, así como dirección electrónica: admonconcursalpajara@ecometra.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de octubre de 2014.- El Secretario judicial.

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