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Documento BOE-B-2014-39267

HUESCA

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 8 de noviembre de 2014, páginas 53238 a 53238 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-39267

TEXTO

Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 309/14 y NIG n.º 22125 41 1 2014 0022991, se ha dictado en esta fecha auto declarando en concurso al deudor Allué Rodrigo Obras y Contratas, S.L., con CIF B22140974, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Benabarre, n.º 1, oficina 4, de Huesca.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal.

Se ha designado como administración concursal a Abecon Soluciones Concursales, S.L.P., con CIF B99332165, domicilio en avenida César Augusto, n.º 3, 6.º C, de Zaragoza, teléfono 976443501 y 976440999 y fax 976284137, y con dirección de correo electrónico abecon@abecon.es que designa a los efectos de comunicación de créditos.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

No se admitirá bajo ninguna circunstancia insinuaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la administración concursal.

Las insinuaciones de crédito que se presenten en el registro de decanato y tengan entrada en este Juzgado no serán proveídas ni registradas, dándoseles el destino que organizativamente se decida.

En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación, tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Huesca, 15 de octubre de 2014.- Secretario judicial.

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