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Documento BOE-B-2014-39922

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 275, de 13 de noviembre de 2014, páginas 54132 a 54132 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-39922

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 320/2013 habiéndose dictado en fecha 17 de octubre de 2014 por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Numero 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Se decreta la conclusión del concurso concurso Abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 320/2013, promovido por el Procurador Sr. Alario Mont, Rafael Francisco, en nombre y representación de la mercantil Iberia Decoración, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal la mercantil Arco Abogados y Asesores Tributarios, S.L.P., con CIF número B-46363008, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Iberia Decoración, S.L., con CIF B96232632, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 24 de julio de 2013.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de los solicitantes del concurso Alario Mont, Rafael Francisco a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos; procediendo a su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

 

Valencia, 17 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.

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