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Documento BOE-B-2014-40110

ÁVILA

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 15 de noviembre de 2014, páginas 54379 a 54379 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-40110

TEXTO

Edicto

D. Luis Marugán Cid, Secretario/a Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 y de lo Mercantil de Ávila, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 0000472 /2014 y NIG n.º 05019 41 1 2014 0023819, se ha dictado en fecha 30/10/2014 auto de declaración de concurso voluntario del deudor MAECO EÓLICA, S.L. con CIF B-05168083 y domicilio social en Las Navas del Marqués (Ávila), C/ del Cerro, n.º 49, Polígono Industrial El Brajero.

2.º Se ha acordado la intervención, a través de la administración concursal, de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación del presente en el B.O.E.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la administración concursal es la siguiente: letrado d.Francisco Isaac Pérez de Pablo. La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: C/Duque de Alba, 6 (Asesoria Duque, portal 2 3.º planta 05001 Ávila. La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: fpp.aduque.concursos@gmail.com

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ávila, 5 de noviembre de 2014.- El Secretario Judicial.

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