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Documento BOE-B-2014-40792

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 20 de noviembre de 2014, páginas 55283 a 55283 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-40792

TEXTO

Edicto dando publicidad a la declaración de concurso

Doña María Aranzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 888/2014, en el que se ha dictado Auto declarando en estado de concurso a la entidad Segra y Tritusan, Sociedad Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

Número de asunto: Concurso voluntario 888/2014, Sección C1.

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8007316.

Entidad concursada: Segra y Tritusan, Sociedad Limitada, con CIF número B59559526.

Tipo de concurso: Voluntario.

Fecha del Auto de declaración: 24 de octubre de 2014.

Administrador concursal: Don Emilio Segura Fernández, con domicilio profesional en avenida Diagonal, 628, 2.ª, Barcelona, número de teléfono 93 272 11 92, número de fax 93 272 11 89, con dirección electrónica esegura@icab.es,

Facultades del concursado: Intervenidas.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los Acreedores y comunicación de créditos conforme el artículo 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración Concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

Barcelona, 6 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.

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