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Documento BOE-B-2014-40808

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 20 de noviembre de 2014, páginas 55300 a 55300 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-40808

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 1531/2014, con NIG 1808742M20140001700, por auto de 30 de octubre de 2014 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Manuel Miranda Rojas, S.L., con CIF B18382366, y con domicilio en C/ Ave María, n.º 6, CP 18310 Salar (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido G4 Asesores y Consultores de Empresas, S.L.P., con domicilio postal C/ Fray Leopoldo de Alpandeire, n.º 9, escalera derecha 2.ª A, CP 18014 y correo electrónico; jvga@g4asesores.com, siendo la persona natural que la representa D. Joaquín Vicente García Aivar, de profesión abogado y economista.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º Que el Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp.

Granada, 4 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.

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