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Documento BOE-B-2014-41019

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 22 de noviembre de 2014, páginas 55636 a 55636 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-41019

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento número 928/14, por auto de este Juzgado de lo Mercantil, dictado el 3 de noviembre de 2014 ha sido declarado y simultáneamente concluido el concurso voluntario de la mercantil Marmolería Lemona, S.L., cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

Parte dispositiva

Primero.- Debo declarar y declaro el concurso voluntario de la entidad Marmolería Lemona, S.L., con CIF número B48195374, representada por el Procurador de los Tribunales don Alberto Arenaza Artabe y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.

Segundo.- Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado y al Registro Público Concursal. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.

Tercero.- Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los efectos del artículo 184 de la LC, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, artículo 55 LC y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia

Cuarto.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro

Bilbao, 10 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.

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