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Documento BOE-B-2014-41293

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 24 de noviembre de 2014, páginas 56024 a 56025 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-41293

TEXTO

Doña Cristina María Valero Doménech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia,

Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num. 501/13 habiéndose dictado en fecha 3 de noviembre de 2014 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Parte dispositiva

Se decreta la conclusión del concurso concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 501/13, promovido por el Procurador Sr. Alario Mont, Rafael Francisco, en nombre y representación de la mercantil Efusión Ambient Group, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal Climent & Gandia Abogados y Economistas, S.L.P., con CIF B89030315, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Efusión Ambient Group, S.L., con CIF B-97263024, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la Administración Concursal en su informe de fecha 25 de septiembre de 2014.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador de los solicitantes del concurso Alario Mont, Rafael Francisco, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos, procediendo a su publicación en el "BOE" y en el "BORME", gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la Administración Concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC).

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Ilmo. Sr. D. José María Cutillas Torns, Magistrado-Juez de este Juzgado, Doy fe.

Valencia, 3 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.

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