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Documento BOE-B-2014-41642

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 26 de noviembre de 2014, páginas 56491 a 56491 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-41642

TEXTO

DOÑA MARÍA AMOR RODRÍGUEZ DÍAZ, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Oviedo,

Por el presente, hago saber:

1. Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 142/14 (NIG 33044 47 1 2014 0000309), el Sr. Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 21/10/14 Auto, que no es firme, declarando en concurso voluntario abreviado al deudor CONSTRUCCIONES MARTÍNEZ ALLER, S.L. (CIF B-33446113), con domicilio sito en Pola de Laviana (Asturias), calle Los Palomares, 25, 4.° I.

2. Se ha nombrado como Administrador Concursal a D.ª. Beatriz Fernández Fernández, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el articulo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal, el siguiente domicilio postal: C/ Viaducto Marquina, número 2, planta 1, puerta A, 33004 de Oviedo, y la siguiente dirección electrónica: despacho@alonso-abogados.com., pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: De lunes a viernes, de 9:00 a 13:00 horas,y de 17:00 a 19:00 horas.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el dia siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el articulo 85 de la Ley Concursal.

3. Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 17 de noviembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

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