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Documento BOE-B-2014-43157

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 9 de diciembre de 2014, páginas 58498 a 58498 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2014-43157

TEXTO

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los Autos seguidos en este Juzgado con el número 169/14 (NIG 33044 47 1 2014 0000346), el Sr. Magistrado don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 21/10/14 Auto, que no es firme, declarando en Concurso Voluntario Abreviado al deudor AGUAS DE FONT DE L´OM, S.A. (CIF A-78987872), con domicilio sito en Partida de Font de L´Om, s/n, Oliva (Valencia).

2.º Se ha nombrado como Administrador concursal a don José García-Inés Alonso, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: calle González del Valle, n.º 14, 3.º izda., CP 33004 de Oviedo, y la siguiente dirección electrónica: despacho@garciainesabogados.es, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: De 9:00 a 14:00 y de 16:30 a 20:00 horas, de lunes a viernes.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el "BOE", y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 4 de noviembre de 2014.- El/la Secretario/a judicial.

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