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Documento BOE-B-2015-10312

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 2015, páginas 14154 a 14154 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-10312

TEXTO

Edicto de declaración de concurso

Secretario judicial, D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 11/2015, se ha declarado, mediante auto de fecha 10/03/2015, el concurso voluntario de Joan Carles Jiménez Guitart, con CIF n.º 39317052-R, domicilio en Manresa, calle Alcalde Armengou, n.º 65 – 3.º1.ª, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Jordi Safons Vilanova por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, Av. Diagonal, n.º 442 bis ppal., n.º teléfono 93.301.30.33, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal, info@compasconcursal.com, en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el servicio común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 10 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

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