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Documento BOE-B-2015-10341

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 81, de 4 de abril de 2015, páginas 14185 a 14186 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-10341

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el concurso abreviado número 0000087/2015, NIG 3120147120150000090, por auto de 3 de marzo de 2015 se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor Carpintería de Aluminio Valentín, con CIF nº B 31914146 y domicilio en Calle Carretera, 89, bajo y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Ayegui (Navarra).

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La administración concursal está integrada por:

D/Dª Mª Irache Busto Barbarin

DNI: 33520537 L

Mayor de edad

Nacionalidad Española

Vecino de Pamplona.- C. Postal 31004

Domicilio: Parque Tomás Caballero nº 2, Planta 4ª Of. 2

Profesión: Economista

Teléfono: 948-154114

Fax: 848-846437

Correo electrónico: concursocarpvalentin@gmail.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).

5º.- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación.

Pamplona/Iruña, 5 de marzo de 2015.- El/La Secretario/a Judicial.

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