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Documento BOE-B-2015-1047

LOGROÑO

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2015, páginas 1462 a 1462 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-1047

TEXTO

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en Sección I Declaración Concurso Necesario y Abreviado seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 18 de diciembre de 2014 Auto de declaración de concurso necesario y abreviado IBAIFU, S.L., con domicilio social en avenida de Logroño, n.º 29, de Haro ( La Rioja), y CIF A 26048702.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que ostentará el Administrador concursal.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º Se ha designado como Administración Concursal al Abogado don Ignacio Sáenz Carrillo Albornoz, nombrado Administrador concursal, con DNI número 16557027V, habiendo aceptado el cargo en fecha 5 de enero de 2015.

La dirección postal de la Administración Concursal es la siguiente: Calle Muro de la Mata, 6, 3.º C, de Logroño.

La dirección electrónica de la Administración Concursal es la siguiente: concurso.ibaifu@iscabogados.es

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Logroño, 13 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.

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