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Documento BOE-B-2015-10493

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 6 de abril de 2015, páginas 14421 a 14421 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-10493

TEXTO

Don Gregorio Pérez Fernández-Mayoralas, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instruccion n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente, hago saber:

1.º Que en sección I declaración concurso 000082/2013 seguido en este órgano judicial, se ha dictado en fecha 26 de marzo de 2015 Auto de declaración de concurso necesario de Firmes y Instalaciones Cofiman, S.A., con CIF A-13299524, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Juan Hasten, n.º 27, de Ciudad Real.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º La identidad de la Administración Concursal es la siguiente: Don Julio Viñuales Gálvez.

La dirección postal de la Administración Concursal es la siguiente: Calle Antonio Maura, 16, 5.º izda. 28014 - Madrid.

La dirección electrónica de la Administración Concursal es la siguiente: smarco@abanicolaia.com

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC).

Ciudad Real, 31 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

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