Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-108

HUELVA

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2015, páginas 144 a 144 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2015-108

TEXTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 405/2014 seguido a instancia de Artesol Onuba, S.L. frente a Antonio Jesús Márquez Domínguez se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Huelva, a cinco de Noviembre de dos mil catorce.

Vistos por mí, Don Enrique Clavero Barranquero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de esta Ciudad, los presentes Autos de Juicio Verbal registrados con el número 405 de 2.014, cuyo objeto ha versado final y exclusivamente sobre reclamación de cantidad, y seguidos entre partes, de una y como demandante, "Artesol Onuba S.L.", representada por el Procurador Don Rafael García Oliveira y asistida por el Letrado Sr. Oliva Franco, y de otra y como demandado, Don Antonio Jesús Márquez Domínguez, declarado en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la Demanda formulada por "Artesol Onuba S.L." y, en consecuencia, por las razones expresadas en la precedente Fundamentación Jurídica, debo condenar y condeno a Don Antonio Jesús Márquez Domínguez a abonar a la parte actora la cantidad de tres mil cuatrocientos cuarenta y nueve euros con veinticinco céntimos de euro (3.449'25 euros), así como al abono de las costas procesales devengadas.

Incorpórese esta Sentencia al Libro de los de su clase. Líbrese testimonio de la misma para constancia en los autos de referencia. Notifíquese a las partes advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Apelación a interponer directamente dentro del término de los veinte días hábiles siguientes al de su notificación, debiéndose acreditar documentalmente haberse consignado en la cuenta de este Juzgado el depósito legalmente exigido para recurrir (50 euros) así como, haberse cumplimentado con las obligaciones fiscales exigibles (tasas).

Así por esta mi Sentencia definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Antonio Jesús Márquez Domínguez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Huelva, 18 de noviembre de 2014.- El/la Secretario Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid