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Documento BOE-B-2015-11613

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2015, páginas 16089 a 16089 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-11613

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber:

Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 71/2015 en el que se ha dictado con fecha 23 de febrero de 2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad ELÉCTRICA PENINSULAR TORRAS, S.L., con CIF B-63094577 y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019-47-1-2015-8000741.

Tipo de concurso: voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: ELÉCTRICA PENINSULAR TORRAS, S.L., con domicilio en Avda. Progrès, n.º 7. Polígono industrial Els Garrofers de Vilassar de Mar (Barcelona).

Administrador concursal: LENER ADMINISTRACIONES CONCURSALES, S.L., con domicilio en Avda. Diagonal, 418, 2.º (Casa Punxes) Tel. 933 42 62 89. Fax. 933 01 50 50 con correo electrónico concursoepeninsular@lener.es

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes, o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 25 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

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