Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-11640

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2015, páginas 16117 a 16117 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-11640

TEXTO

Doña Cristina María Valero Doménech, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 192/2009 habiéndose dictado en fecha 5 de marzo de 2015 por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Se decreta la conclusión del concurso concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 192/2009, promovido por la Procuradora Sra. Mas Victoria, María Ángeles, en nombre y representación de la mercantil Tecnibinder, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese del Administrador concursal don José Luis Donderis de Salazar, con DNI/NIF número 22.692.081-M, revocando las actuaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Tecnibinder, S.L., con CIF B-96189766, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la resolución no cabe recurso alguno (artículo 177 de la LC.) y tiene carácter de firme.

Se aprueba la cuenta rendida por la Administración concursal en su informe de fecha 16 de octubre de 2014.

Notifíquese la presente resolución a la Administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 177.1 LC).

Valencia, 5 de marzo de 2015.- La Secretaria judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid