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Documento BOE-B-2015-12353

CIUDAD REAL

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 2015, páginas 17175 a 17175 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-12353

TEXTO

Don Gregorio Pérez Fernández-Mayoralas, Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Ciudad Real, con competencia en materia mercantil, por el presente, anuncio:

1.º Que en la sección primera de los autos de concurso abreviado voluntario seguidos en este órgano judicial con el n.º 351/2014 y NIG n.º 13034 41 1 2014 0016933, se ha dictado en fecha 16 de abril de 2015 Auto de declaración de concurso voluntario de la entidad deudora "Elías Santos e Hijos, S.L.", con CIF n.º B-13009022 y domicilio social en Carretera Comarcal n.º 4117, p.k. 3, en la localidad de Argamasilla de Calatrava (Ciudad Real), cuyo centro de intereses principales lo tiene en la citada localidad, acordándose la apertura de la fase común del concurso.

2.º Se ha designado, como Administrador concursal al Abogado D. Isidro Cantero Martínez, con domicilio postal en calle Espino, n.º 4, 4.º B, en 13003 Ciudad Real y dirección electrónica elias.sinergiaconcursal@gmail.com, domicilios estos que han sido señalados para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar, conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores.

5.º A su vez estos, conforme a lo previsto en el artículo 95.1 de la LC, podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 LC).

6.º Que la deudor, junto a la solicitud inicial de declaración de concurso voluntario, ha solicitado su liquidación aportando el correspondiente plan de liquidación por lo que, al propio tiempo, se ha aperturado la fase de liquidación del concurso, dándose traslado a los acreedores para que, en el plazo de diez días desde la publicación del presente edicto, puedan realizar alegaciones al plan de liquidación presentado por la concursada.

7.º Como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación, la deudora ha sido suspendida en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituida por la administración concursal a tales efectos.

8.º Igualmente, y como consecuencia de lo anterior se ha declarado la disolución de la entidad concursada "Elías Santos e Hijos, S.L.", cesando en su función su administrador, que será sustituido por la administración concursal.

Ciudad Real, 17 de abril de 2015.- Secretario judicial.

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