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Documento BOE-B-2015-12362

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 2015, páginas 17184 a 17184 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-12362

TEXTO

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal 80/2015, seguido a instancias de la Procuradora doña Isabel Mora García, en nombre y representación de D. ABDELRAHIM RAHIN GIL, se ha dictado Auto el día 25 de marzo de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D. ABDELRAHIM RAHIN GIL, con DNI n.º 54065594T, y la apertura de la Fase de Liquidación, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. José Antonio Beltrán Grimón, como Abogado, con DNI 42828595L, el cual ha designado como domicilio postal el de Plaza Santa Isabel, n.º 8, 35001 Las Palmas, teléfono 928315822, fax 928315566, correo electrónico antonio.beltran@abogados.org.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, queda sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 8 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.

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