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Documento BOE-B-2015-13827

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 2015, páginas 19200 a 19200 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-13827

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

1.º-Que en el procedimiento número 148/15 por auto de este Juzgado de lo Mercantil, dictado el 06/03/2015, ha sido declarado y simultáneamente concluido el concurso voluntario de la mercantil Construcciones y Reformas Basurto, S.L.U., cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

1.-Debo declarar y ceclaro el concurso voluntario de la entidad Construcciones y Reformas Basurto, S.L.U., con CIF B-95520441, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Pilar Gago Carrillo, y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.

2.-Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. La publicación en el Boletín Oficial del Estado tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado y al Registro Público Concursal. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al procurador del solicitante del concurso lo mandamientos y los oficios acordados, autorizándole a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes.

3.-Notifíquese la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los efectos del artículo 184 de la LC, a la Tesorería General de la Seguridad Social, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, artículo 55 LC. y al Departamento de Hacienda de la Diputación Foral de Bizkaia.

4.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

Bilbao, 11 de marzo de 2015.- El Secretario judicial.

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