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Documento BOE-B-2015-14572

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 9 de mayo de 2015, páginas 20202 a 20202 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-14572

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 538/14, por Auto dictado en fecha 20 de marzo de 2.015, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil WOGABOO FRANCHISING, S.L., con CIF B86246212 y con domicilio social en la avenida de la Industria, n.º 4, de Alcobendas (Madrid).

2.º Que la mercantil WOGABOO FRANCHISING, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.

3.º Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.

4.º Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso, sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.

5.º Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

6.º Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.

Madrid, 20 de marzo de 2015.- Secretario judicial.

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