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Documento BOE-B-2015-15734

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2015, páginas 21836 a 21836 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-15734

TEXTO

Edicto

D. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000057/2015, seguido a instancias del Procurador/a D. Francisco Ojeda Rodríguez, en nombre y representación de Management and Consulting Lanzarote, S.L., se ha dictado Auto el día 9 de febrero de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Management and Consulting Lanzarote, S.L., con CIF n.º B35354778, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: Dña. Raquel González Díaz y renunciando al cargo, se nombra por auto de fecha 1 de abril de 2015, como abogado a Araceli Espino Morillas, la cual ha designado como domicilio postal el de Puerto del Rosario, Fuerteventura, calle Ruperto González Negrín, 3, 1.º A, y en las Palmas de Gran Canaria, en calle Hernán Pérez de Grado, número 15, oficina 1.ª, teléfono 666.222.449 y fax 928.40.14.04, así como dirección electrónica araceliespinom@hotmail.es.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, Magistrado-Juez. D./Dña. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario/a judicial.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 5 de mayo de 2015.- El Secretario judicial.

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