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Documento BOE-B-2015-17060

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2015, páginas 23727 a 23727 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-17060

TEXTO

Edicto

D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid,

1º.- Que en el procedimiento número 112/2015, referente al concursado VERY CHIP, S.L., se ha dictado auto por el Magistrado, D. Antonio Pedreira González, de fecha 7 de mayo del 2015 en el Concurso Voluntario Ordinario con CIF: B-84660760.

El presente concurso nº 112/2015, se declara de forma CONJUNTA con los concursos nº 108, 109, 110, 111 del año 2015 a efectos de su tramitación coordinada en los términos del artículo 25 ter de la LC. Ello no supone la unificación de los procedimientos, sino que cada concurso proseguirá con su propio número, al que deberán dirigirse de forma expresa los escritos que a cada uno se refieran.

2º.- El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la L.C.

4º.- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal D. Rafael Martín Rueda, con domicilio en la Pza. de Celenque, nº 1, 3º Izqda., 28013 Madrid y así como correo electrónico verychip@convenia.es No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el boletín oficial del estado.

5º.- que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 L.C.)

madrid, 8 de mayo de 2015.- Secretario judicial.

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