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Documento BOE-B-2015-17582

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 2015, páginas 24460 a 24460 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-17582

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 399/2015, con NIG 1808742M20150000454, por auto de 5/05/15 se ha declarado en concurso voluntario al deudor D. Carlos Contreras Morón, con domicilio en Avda de Italia, n.º 12, 9.º D, Granada.

2º.-Las facultades de la administración concursal son las de administración y disposición del patrimonio del deudor, en sustitución del deudor que ha sido privado de dichas facultades.

3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D/D.ª, con domicilio postal y dirección electrónica.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Antonio Martínez Martínez, con DNI 24.117.603-X, Auditor, domiciliado en C/ Ángel Ganivet, n.º 3, 4.º D, 18009 Granada, y dirección electrónica concurso: auditoria@ammartinez.com.

La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 11 de mayo de 2015.- La Secretaria Judicial.

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