D. Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil nº 2 de Las Palmas,
Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal nº 72/2012, seguido a instancia de la Procuradora Doña Petra del Carmen Ramos Pérez, en nombre y representación de la entidad mercantil VENTAS NESOCAN, S.L., con CIF: B-35914845 se ha dictado Auto de fecha 21 de mayo de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara la conclusión del concurso de la mercantil VENTAS NESOCAN, S.L. con C.I.F. B-35914845 por inexistencia de bienes ( art. 176 BIS LC) declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión: cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, acordando la extinción de la persona jurídica (VENTAS NESOCAN, S.L.) y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 21 de mayo de 2015.- Secretario Judicial.
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