Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-19280

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2015, páginas 26815 a 26815 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-19280

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12.ª planta.

Numero de asunto.- Concurso voluntario 338/2015 8.

Tipo de concurso.- Abreviado en liquidación.

Entidad instante del concurso y NIF.- ICP IP Sistemas de Seguridad Electrónica Integrada, S.L., con CIF B-62768638.

Fecha del auto de declaración.- 13 de abril de 2015.

Administradores concursales.- Miliners Concursals, S.L.P., con NIF B66420514, designándose como persona natural a D. Joaquín Bodas Montoliu, con DNI 35044181R, con domicilio profesional en avda. Diagonal, 550, 3.º, 1.ª, 08021 Barcelona, con número de teléfono 932720180 y correo electrónico concursal@miliners.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de las facultades de la concursada.

Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 14 de mayo de 2015.- El Secretario judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid