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Documento BOE-B-2015-19490

VITORIA

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 2015, páginas 27094 a 27095 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-19490

TEXTO

Edicto

El U.P.A.D. Mercantil - Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

Que en el procedimiento número 135/2015, por auto de 13 de abril de 2015 se ha declarado el concurso voluntario de Marcos, Alarcia y Barandalla, S.A. y conclusión del concurso por insuficiente de masa activa, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Dispongo

1.º Se declara en Concurso Voluntario a la mercantil Marcos, Alarcia y Barandalla, S.L. Constituida por tiempo indefinido en escritura pública autorizada el 25.04.2008, por el Notario Fernando Ramos Alcazar bajo el número 1.477 de su protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de Álava al tomo 1394, folio 36, hoja VI- 00013798, con CIF B01443043, y domicilio social en Vitoria-Gasteiz, calle Fernández de Leceta, número 3, bajo.

2.º Se declara concluso el concurso por insuficiencia de masa activa.

3.º La mercantil concursada queda responsable del pago de sus créditos pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

4.º Se acuerda la extinción de la mercantil Marcos, Alarcia y Barandalla, S.L. y se ordena la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Álava, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución cuando sea firme.

5.º En el año siguiente a la fecha de esta resolución, los acreedores podrán solicitar la reapertura del concurso con la finalidad de que se ejerciten acciones de reintegración, indicando las concretas acciones que deben iniciarse o aportando por escrito hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación del concurso como culpable.

6.º Publíquese la declaración de concurso en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal.

A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado.

Notifíquese esta resolución a la representación del deudor y, en su caso, a los interesados que pudieran haberse personado.

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

En Vitoria, 26 de mayo de 2015.- El/La Secretario/a judicial.

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