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Documento BOE-B-2015-19970

Resolución del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) por la que se notifica la declaración de innecesariedad y ofrecimiento reversional de terrenos sitos en el término municipal de Lalín (Pontevedra).

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 20 de junio de 2015, páginas 27743 a 27744 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
OTROS ENTES
Referencia:
BOE-B-2015-19970

TEXTO

El Consejo de Administración del Administrador de Infraestructuras (ADIF), en el uso de las facultades que le confiere su vigente Estatuto, aprobado por Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, ha declarado innecesario para la prestación del servicio ferroviario y desafectado el inmueble que a continuación se describe:

"Rústico: PARCELA en el término municipal de Lalín (Pontevedra), situada desde el PK 48/810 al PK 49/452 al lado derecho de la vía de la línea OURENSE - SANTIAGO tramo O IRIXO - A ESTRADA, tiene forma Irregular con una extensión superficial de CIENTO TRES MIL SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (103.063,00 m²), y los siguientes linderos:

Norte: Polígon166, Resto de parcelas 229, 301 y302, y parcelas: 280, 319, camino, 381, 382, 384, 387, 388 y 402.

Sur: Polígono 167, Resto de parcela 316 y Parcela 319.

Este: Polígono 166, Parcelas 281, 282, 283, 285, camino, 302, 319, 334, camino y 492, y Polígono 167, Parcelas 316, 319 y 326.

Oeste: Terrenos ADIF: Pol. 166, Resto parcelas 299, 301, 302, 315 y 316, y Pol.167, Resto parcelas 281, 282, 286, 288, 290, 291, 292, 302, 304, 305, 312, 316, 320, 321, 323, 689, 778, 779, 781, 782, 783, 789, 790, camino, 917 y 972. (Act. Pol 167 Par 9024)."

Según consta en el Inventario de Bienes Inmuebles de ADIF, con motivo de las obras del Proyecto "Corredor Norte-Noroeste de Alta Velocidad. Eje: Ourense-Santiago. Tramo: Lalín-Santiago Proyecto constructivo. Subtramo: Lalín (Baixan)-Lalín(Anzo)-Silleda (Carboeiro)", la parcela descrita fue adquirida mediante expediente de expropiación forzosa de ciento diez fincas entre las que figuran las identificadas con los códigos G-36.0242-4802 (Herederos de D. José González Villar de Franco), G-36.0242-4816 (Dª María Carballo Otero), G-36.0242-4779 (D. Germán González García), G-36.0242-4781 (D. Ruperto García), G-36.0242-4783 (D. Ruperto García) y 113 m² de la G-36.0242-2140 (Dª. Guillermina Vieitez Cortizo), que, como el resto de los terrenos que conforman la indicada parcela de 103.063 m², han resultado declaradas innecesarias del servicio ferroviario y desafectadas.

No pudiendo notificar personalmente a los mencionados titulares expropiados o sus causahabientes, al no ser el domicilio actual el mismo que el que consta en el expediente expropiatorio y haber sido infructuosas las gestiones realizadas en el Ayuntamiento de Lalín para averiguar los mismos, procede realizar dicha notificación de forma pública, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, en la redacción recogida en la Ley 4/1999, de 13 de Enero.

Lo que se hace público a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 -en la redacción dada por la Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación-, y en el artículo 65 de su Reglamento, de 26 de abril de 1957. Las solicitudes de reversión deberán formularse mediante escrito dirigido al Ministerio de Fomento, Secretaría General de Infraestructuras, División de Estudios y Coordinación de Inversiones en Infraestructuras (Pº de la Castellana, 67, 28071 Madrid), dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la fecha de esta publicación.

Madrid, 10 de junio de 2015.- El Director de la Dirección de Patrimonio y Urbanismo de ADIF.

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