Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-20534

Anuncio del Registro de Bienes Muebles de Barcelona sobre edicto de notificación a don Daniel Martínez Andrés.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2015, páginas 28502 a 28502 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
OTROS ENTES
Referencia:
BOE-B-2015-20534

TEXTO

Intentada la notificación de la calificación negativa del documento y no habiéndose podido practicar, se le comunica que el documento que causó el asiento de presentación 20150036528 del diario 17, de cancelación de leasing y ejercicio de opción de compra en relación al vehículo matrícula 7985CTF suscrito por la entidad Banco Popular Español, S.A., en fecha 19 de marzo de 2015 ha sido calificado negativamente en fecha 4 de junio de 2015 por el Registrador Mercantil y de Bienes Muebles de Barcelona, don Jaime Sansa Torres, por el siguiente defecto: "Según resulta de la inscripción practicada al folio 2 del bien número 20060024686, el arrendatario del vehículo matrícula 7985CTF es don Daniel Martínez Andrés, NIF 44990569Q (artículo 24 de la Orden de 19 de julio de 1999 por la que se aprueba la Ordenanza para el Registro de Venta a Plazos de Bienes Muebles).

Contra la presente calificación, que ha sido extendida con la conformidad de los cotitulares, cabe interponer recurso en este Registro de Bienes Muebles para la Dirección General de los Registros y del Notariado en el plazo de un mes desde la fecha de la notificación en los términos de los artículos 324 y siguientes de la Ley Hipotecaria (redactados por la Ley 24/2001 y Ley 24/2005), o bien interponer recurso, en el plazo de dos meses desde la notificación de la calificación, ante el Juzgado competente, en los términos de los artículos 66, 324 y 328 de la Ley Hipotecaria (redactados por la Ley 24/2001 y Ley 24/2005). Por otra parte, siempre que el recurso se fundamente, de forma exclusiva o junto a otros motivos, en una infracción de las normas del derecho autonómico catalán, debe interponerse ante la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas de la Generalitat, y contra las resoluciones expresas o presuntas de esta Dirección General puede recurrirse a su vez ante el órgano jurisdiccional competente, todo ello conforme a la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Parlament de Catalunya.

También puede instarse la aplicación del cuadro de sustituciones conforme a los arts. 19 bis y 275 bis de la citada Ley y al Real Decreto 1039/2003, en el plazo de quince días a contar desde dicha notificación, sin perjuicio del ejercicio de cualquier otro medio de impugnación que el interesado entienda procedente".

Barcelona, 22 de junio de 2015.- El Registrador Mercantil de Barcelona número XV, D. Jaime Sansa Torres.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid