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Documento BOE-B-2015-21084

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2015, páginas 29277 a 29277 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-21084

TEXTO

El Secretario judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 440/2015-A, se ha declarado, mediante auto de fecha 27/5/2015, el concurso voluntario de BEL- AIR AUTOESCUELAS, S.L. con NIF B-62208921 y domicilio en calle Córcega, n.º 282, 1.º 1.ª, de Barcelona, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso ordinario.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado FPF CONCURSAL, S.L.P. habiendo aceptado el cargo doña Sara Iglesias López por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del Administrador concursal, sito en Via Augusta, 252, 4.º 1.ª, 08017 Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal info@fpfconcursal.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 5 de junio de 2015.- El Secretario judicial.

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