Está Vd. en

Documento BOE-B-2015-21234

NOTARÍA DE D. ENRIQUE GARCÍA CASTRILLO

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 2015, páginas 29482 a 29482 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2015-21234

TEXTO

Yo, ENRIQUE GARCÍA CASTRILLO, Notario del Ilustre Colegio de Catalunya, con residencia en Cardedeu,

Hago saber:

Que en mi Notaría, se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Entidad numero veintitrés. Vivienda denominada T-12, puerta cuarta, planta segunda, de la calle Torrent, número 7, de Cardedeu, de 88,76 m². construidos, con su aparcamiento y trastero.

Inscrito el dominio de dicha finca a favor de Don Pedro Parra Giménez y Doña María Carmen Montes Luis, en el Registro de la Propiedad número 3 de Granollers, tomo 2.095, libro 140, folio 184, inscripción 3.ª y tomo 2.188, libro 170, folio 15, inscripción 7.ª, todo ello de la finca 7.617.

Referencia catastral 7202403DG4170S0023UZ.

Condiciones de la subasta:

Lugar: Tendrá lugar en mi Notaría, sita en Cardedeu, Avinguda Ángel Guimerà, número 91, bajos.

Fecha: Tendrá lugar una única subasta el día 9 de septiembre del 2015, a las diez horas, siendo el tipo base la cantidad de 273.696,20 euros, con sujeción a lo previsto en el artículo 12 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes desde las 10 hasta las 13 horas.

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute quedarán subsistentes.

Consignación: Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30% del tipo, mediante cheque bancario a nombre del Notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliegue cerrado, acompañando justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta.

Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Cardedeu, 25 de junio de 2015.- Notario de Cardedeu.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid