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Documento BOE-B-2015-22329

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2015, páginas 30975 a 30975 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-22329

TEXTO

Edicto

D.ª Verónica Calvo Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 455/15, por auto de 01/07/2015 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Compañía Española de Franquicias de Telefonía Móvil, S.L., CIF n.º B-84072545, con domicilio en Las Rozas de Madrid, Edificio Prisma, calle Colquide, 6, portal 1, planta baja, letra B.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 LC.

Los datos de la administración concursal son los siguientes:

D. Juan Moreno Troyano, con despacho profesional en Madrid, calle Castelló, 66, 5.º dcha. 28001, teléfono 914350273, fax 914355452 y dirección electrónica concursos@gestion-concursal.com

La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 1 de junio de 2015.- La Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.

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