Por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso de casación n.º 8/411/2013, interpuesto por Salmoorbek Dzhaparov, se ha dictado la siguiente resolucion:
Decreto
Secretario de Sala Ilma. Sra. Dña. Mercedes Fernán-Trigales Pérez.
En Madrid, a seis de marzo de dos mil quince.
Antecedentes de Hecho
Único.- Ha transcurrido el término de emplazamiento sin que la parte que ha preparado el recurso de casación haya presentado oportunamente el escrito de interposición del mismo.
Fundamentos de Derecho
Único.- Habiéndose agotado el plazo legalmente establecido para interponer el recurso de casación sin que la parte recurrente haya presentado dentro del mismo el escrito de interposición, debe declararse desierto este recurso por imperativo del artículo 92.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con lo demás procedente Salmoorbek Dzhaparov.
En su virtud, resuelvo: Declarar desierto el recurso de casación preparado por Salmoorbek Dzhaparov, contra resolución dictada el quince de noviembre de dos mil doce en el Po. 863/2011, por la Aud. Nacional Sala C/A. Sección 8 de Madrid, con devolución a la misma de las actuaciones recibidas. Así lo acuerdo y firmo.
Madrid, 29 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.
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