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Documento BOE-B-2015-22420

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2015, páginas 31090 a 31090 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-22420

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 737/2014 en el que se ha dictado con fecha 11 de junio de 2015 auto declarando en estado de concurso necesario a la entidad BE DE 611, SL, con CIF B61571527, y mandando darle publicidad con los siguientes datos:

NIG del procedimiento: 08019 – 47 – 1 – 2014 – 8006201.

Tipo de concurso: Necesario. Se ordena la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

Concursada: BE DE 611, S.L. con domicilio en calle Duquesa de Orleans, n.º 56, bajos de Barcelona.

Administrador concursal: D. Leonardo Espinosa Méndez, en representación de Audilegem (según escritura Audilegem BCN, S.L.), con domicilio en calle Córcega, n.º 299, 3.º 3.ª, de Barcelona, con correo electrónico bebe611@audilegem.com.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio.

También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 2 de julio de 2015.- El Secretario judicial, Fdo.: José Maria Valls Soriano.

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