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Documento BOE-B-2015-22779

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 20 de julio de 2015, páginas 31610 a 31610 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-22779

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º- Que en el procedimiento número 970/2015, con NIG 2906742M20150001764 por auto de 29 de mayo de 2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ARETE 2005 S.L., con CIF B92997915, domicilio en Marbella (Málaga), C/ Mediterráneo, 1, Edf. Mediterráneo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º- Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad ARETE 2005 S.L. y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

3.º- Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal.

4.º- Que la administración concursal la integra: D. RAFAEL PAEZ MARTÍNEZ, provisto de DNI n.º 37.320.911-F, domicilio y dirección postal en el Paseo de la Farola num. 5 edf. Veleria bajo, 29016 Málaga, teléfono: 952-228-506, profesión: economista-censor auditor de cuentas, y con dirección de correo electrónico concursoarete2005@gmail.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.

7.º- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

 

Málaga, 30 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.

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