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Documento BOE-B-2015-25637

NOTARÍA DE DON LUIS MUIÑO FIDALGO

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 2015, páginas 35629 a 35629 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2015-25637

TEXTO

Luis Muiño Fidalgo, Notario del Ilustre Colegio de Galicia, con residencia en Cervo-Burela, hago saber:

Que ante mí se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, de la siguiente finca:

Formando parte de un edificio compuesto de tres portales, sito en la Avenida Arcadio Pardiñas, en la parroquia y municipio de Burela, lugar de Granda: Número sesenta y siete.- Local destinado a una vivienda letra B. sito en la planta quinta del edificio. Tiene su acceso por el portal número dos del edificio a través de las escaleras y ascensor. Superficie construida: 65,91 metros cuadrados. Superficie útil: cincuenta y nueve metros y treinta y dos decímetros cuadrados. Tiene como anejos:

-La plaza de garaje número nueve (en la planta de sótano menos uno -menos profunda-) con una superficie: 10,34 metros cuadrados; y el trastero número dieciocho (en la planta sótano menos uno -menos profunda-), con una superficie: 4,00 metros cuadrados.

Cuota.- 0,94%.

Inscripción.- En el Registro de la Propiedad de Viveiro al tomo 859, libro 34 de Burela, folio 223 vuelto, finca número 4568.

Y que procediendo la subasta de dicha finca, esta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1ª) Se señala la subasta para el día 14 de Septiembre de 2015, a las 12 horas.

2ª) La subasta se celebrará en el local de la Notaría, sito en Burela (Lugo), Plaza da Mariña, n.º 3, entresuelo B.

3ª) El tipo para la subasta es de ciento cuarenta y tres mil doscientos ochenta y dos euros.

4ª) La documentación y la certificación registral pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuaran subsistentes.

5ª) Para poder participar en la subasta los postores deberán consignar previamente en la Notaría de mi cargo, el treinta por ciento del tipo correspondiente.

6ª) Solo la adjudicación a favor del ejecutante, o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Burela, 5 de agosto de 2015.- El Notario de Cervo-Burela.

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