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Documento BOE-B-2015-26345

Anuncio del Registro Mercantil de Alicante sobre notificación a la sociedad AGRÍCOLA ROCAMORA, S.L., de denegación de deposito de cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 22 de agosto de 2015, páginas 36703 a 36703 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
OTROS ENTES
Referencia:
BOE-B-2015-26345

TEXTO

Con fecha 20/04/2015, ha sido calificada negativamente la solicitud de depósito de cuentas del ejercicio 2011, de la mercantil AGRÍCOLA ROCAMORA, S.L., que tuvo entrada en este Registro el día 15/04/2015, con el número 2/2015/725, asiento 2544 del diario 27, en base a los hechos y fundamentos de derecho que resultan de la nota al pie de dicha solicitud. Dado que ene domicilio social de la empresa no ha podido practicarse la notificación prevista en el art 322 L.H., al haber sido devueltas las comunicaciones previas, se practica notificación por este medio de conformidad con el art. 59 L.P.A.C.

Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 15.º del R.R.M. contando la nota de calificación con la conformidad de los cotitulares del Registro.

En relación con dicha calificación:

Puede instarse la aplicación del cuadro de sustituciones conforme a los arts. 19 bis y 275 bis de la Ley Hipotecaria y al Real Decreto 1039/2003, en el plazo de quince días a contar desde la fecha de notificación, sin perjuicio del ejercicio de cualquier otro medio de impugnación que el interesado entienda procedente.

Puede impugnarse directamente ante el Juzgado de los Mercantil de esta provincia mediante demanda que deberá interponerse dentro del plazo de dos meses, contados desde la notificación de esta calificación, siendo de aplicación las normas de juicio verbal conforme a lo previsto en los artículos 324 y 328 de la Ley Hipotecaria en su nueva redacción por Ley 24/2005, de 18 de noviembre.

Cabe interponer recurso en este Registro Mercantil para la Dirección General de los Registros y del Notariado en el plazo de un mes desde la fecha de notificación en los términos de los artículos 324 y siguientes de la Ley Hipotecaria.

Alicante, 10 de agosto de 2015.- La Registradora Mercantil de Alicante IV, María Pilar Planas Rocas.

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